| Notas: | De acuerdo con la legislacin̤ fiscal, las personas morales tienen, entre otras, la obligacin̤ de llevar las cuentas siguientes: 1. Capital de aportacin̤ (Cuca). 2. De utilidad fiscal neta (Cufin). Estas cuentas serǹ utilizadas a efecto de determinar la existencia o no de utilidades gravables sujetas al pago del ISR cuando se reparten dividendos o utilidades, cuando se realiza una reduccin̤ de capital o una liquidacin̤ de personas morales. Debido a que a partir del 1o. de enero de 2014 las personas fs̕icas estǹ sujetas a una retencin̤ del 10% de ISR sobre los dividendos distribuidos por las personas morales residentes en Mx̌ico, cuando provengan de las utilidades generadas a partir del ejercicio de 2014, las personas morales estarǹ obligadas a mantener la Cufin con las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2013 e iniciar otra Cufin con las utilidades generadas a partir del 1o. de enero de 2014. Esto con el objeto de identificar de qu ̌Cufin provienen los dividendos o utilidades distribuidos a las personas fs̕icas, y as ̕saber si procede realizar o no la citada retencin̤ del 10% de ISR. La presente obra se elabor ̤con base en las disposiciones fiscales que contiene la Ley del ISR, en vigor a partir del 1o. de enero de 2015, as ̕como la Resolucin̤ Miscelǹea Fiscal vigente. En el desarrollo de la presente obra abordamos, de forma clara y precisa, cm̤o se constituye cada una de estas cuentas, qu ̌elementos las integran, cul̀es son sus implicaciones fiscales, entre otros aspectos ms̀, por lo que es de suma utilidad para los interesados en el tema. |