| Notas: | El ordenamiento jurd̕ico es parte de la regulacin̤ normativa de la convivencia. Se articula dentro de la cultura como Subsistema que atiende a la estabilidad y al progreso de la Sociedad, definiendo unas conductas cono lc̕itas y otras como ilc̕itas y asegurǹdolas consecuencias diversas en cada supuesto. El objetivo del conocimiento jurd̕ico es asegurar la satisfaccin̤ de las necesidades colectivas, ordenando y sancionando libertades y responsabilidades personales, en el seno de las Instituciones organizadas a tales fines. La definicin̤ del Derecho tiene que mirar a dos dimensiones, la dimensin̤ “genřica” en cuanto Subsistema Cultural; y la dimensin̤ “especf̕ica” en cuanto Competencia Reguladora que imponga tčnicas para compensar el esfuerzo, el mřito, y la seguridad de cada uno, dentro de la solidaridad comn︢ de esfuerzos, mřitos y solidaridades de toda n̕dole… |