| Notas: | La globalizacin̤, que permite e impulsa el auge de las empresas multinacionales y los vn̕culos de dependencia entre las economa̕s, ha hecho que todos los Estados se vean en la necesidad de coordinar sus polt̕icas para favorecer el crecimiento del libre mercado. Sin embargo, la disminucin̤ de las fronteras y la facilitacin̤ del libre trǹsito de bienes y servicios, tambiň favorece la actuacin̤ de las empresas criminales. Por lo tanto, los Estados se han visto obligados a coordinar sus polt̕icas de represin̤ de la criminalidad y responder a un fenm̤eno transnacional, de manera conjunta. Muestra de ello son las ml︢tiples convenciones y recomendaciones internacionales en materia de lavado de activos, que buscan unificar la propuesta legislativa respecto a los tipos penales de blanqueo de capitales, a pesar de encontrarse en ordenamientos jurd̕icos sumamente distintos. La idea que subyace a estos esfuerzos es desincentivar el blanqueo de capitales que implica tambiň combatir los delitos que producen los bienes. En la medida en la que se reduzca la posibilidad de disfrutar las ganancias de los delitos, cometer ciertas conductas deja de tener sentido. En consecuencia, la lucha contra el blanqueo de capitales es, a su vez, la lucha contra la criminalidad organizada y los llamados delitos precedentes. Se debe fortalecer el orden jurd̕ico mediante la idea que "el crimen no paga" y vencer la cultura del dinero fc̀il que tanto mal le ha hecho a la sociedad latinoamericana. Armonizar la legislacin̤ de los pas̕es de la Alianza del Pacf̕ico en esta materia, contribuye a alcanzar ese props̤ito y las intencin̤ de este libro es plantear un mecanismo para lograr ese objetivo. |