| Notas: | Es habitual contemplar los problemas derivados de los "conflictos horizontales" entre los socios desde la perspectiva del abuso del mayoritario. La prc̀tica societaria demuestra que no son precisamente inhabituales los casos de diferencias irreconciliables entre socios que ostentan una posicin̤ paritaria. En tales supuestos, la quiebra sobrevenida de la affectio societatis desemboca habitualmente en una paralizacin̤ corporativa para cuyo remedio la LSC contempla exclusivamente la disolucin̤ judicial de la sociedad. A la sazn̤ es curioso constatar que nuestra doctrina mercantil ha centrado su atencin̤ preferente en el examen del presupuesto de hecho de la causa legal de disolucin̤ por paralizacin̤ de r̤ganos sociales en lugar del estudio de los remedios ms̀ eficientes de este tipo de situaciones… cuando la disolucin̤ judicial debera̕ ser siempre el l︢timo remedio y solamente utilizable cuando fracasan otros mecanismos dirigidos a preservar la continuidad de las empresas viables. La presente monografa̕, despuš de explicar la paradoja de la infrecuente adopcin̤ de previsiones estatutarias o contractuales, dedica su atencin̤ al anl̀isis de los posibles mecanismos y estrategias contractuales que, al amparo del principio de autonoma̕ de la voluntad, pueden ser utilizadas con provecho tales como las clùsulas para dirimir el empate; la separacin̤ del socio por ruptura de la affectio societatis; las clùsulas de "arrastre" o de "acompaąmiento" (drag-along y tag-along); las clùsulas llamadas "de duelo" (shoot-out) y de subasta y los mecanismos de prevencin̤ extrajudicial de la crisis (arbitraje, arbitramiento, mediacin̤ y conciliacin̤). Concluye el trabajo con una propuesta de reforma legislativa. |