| Item Description: | El enorme volumen de contratacin̤ de los seguros de personas, en sus diferentes clases (vida, accidentes, salud, dependencia y decesos) y el hecho de que, en muchas ocasiones, su contratacin̤ es obligatoria o se ve forzada por la necesidad de contar con otro producto financiero, hacen de los mismos un objeto de estudio preferente. Esta obra trata de los flujos de informacin̤ que, en la etapa de los tratos preliminares, intercambian el asegurador, el tomador y/o el asegurado, clave para que el contrato despliegue su efecto de cobertura, para la transparencia del mercado y para la solvencia de la entidad. La informacin̤ que la legislacin̤ exige que sea suministrada por la aseguradora es ms̀ o menos amplia en funcin̤ de la clase de tomador y de seguro. La regulacin̤ vigente en este punto detalla pormenorizadamente los aspectos del contrato que el legislador considera que deben ser comunicados al tomador para que adopte su decisin̤ con la adecuada informacin̤. La segunda gran corriente transita en sentido contrario y se estructura sobre la base del deber de informacin̤ precontractual que la Ley de Contrato de Seguro concibe como respuesta del tomador al cuestionario del asegurador. Los interrogantes que suscitan las escasas normas al respecto son resueltos de forma muy dispar por una nutrida jurisprudencia, que evidencia la importancia prc̀tica de la materia y las deficiencias del rǧimen legal. Nuevos problemas plantean los cambios en la obtencin̤ y el tratamiento de la informacin̤ previa y su aplicacin̤ para la seleccin̤ del riesgo mediante los modelos predictivos, en la era del big data. Una realidad que obliga a enjuiciar su acomodacin̤, de manera fundamental, a la legislacin̤ antidiscriminacin̤ y de proteccin̤ de datos. |