| Item Description: | El constituyente de 1812 no duda en establecer un terminante imperativo constitucional para conminar a respetar el propio texto constitucional. El sujeto obligado es “la Nacin̤” y el medio instrumental, el Derecho, las “leyes”. Este mismo artc̕ulo 4ð de la Constitucin̤ de 1812 enunciaba algunos de los elementos jurd̕icos esenciales del Estado liberal de Derecho: libertad, propiedad, derechos individuales. En el presente estudio nos proponemos observar el contexto histr̤ico polt̕ico en que dicho imperativo legal se concreta por vez primera a travš de la proteccin̤ penal que ofrecera̕ el Cd̤igo de 1822. |