| Item Description: | La existencia de reserva mental (exclusin̤ implc̕ita o simulacin̤) como causa de nulidad matrimonial es de difc̕il probanza y a su estudio se dedica el presente trabajo. Ciertamente, ni el juzgador cann̤ico ni el civil, ni nadie, tienen la posibilidad de conocer con total exactitud la voluntad interna de una persona, salvo ella misma. Sin embargo, se puede deducir la falta de consentimiento del anl̀isis de los hechos previos, coetǹeos y posteriores y del comportamiento del “contrayente”, teniendo en cuenta que en un proceso lg̤ico de actuacin̤, la voluntad negocial declarada conlleva, al menos, la predisposicin̤ de la persona a su cumplimiento. De ah ̕que, partiendo de la dificultad de la utilizacin̤ de medios de prueba demostrativos de la discordancia consciente declarativo–volitiva, deba acudirse a la relevancia que tiene el juego de las presunciones, que permiten deducir la existencia de reserva mental en el consentimiento de uno de los cn̤yuges mediante hechos externos y circunstancias objetivas; sin que, obviamente, puedan establecerse estas presunciones de un modo general, sino que deben contemplarse en cada caso en concreto (as,̕ ad exemplum, la edad, la nacionalidad, las consecuencias administrativas derivadas de tal unin̤, etc.). |