| Item Description: | El ius gentium y el ius communicationis constituyen junto con las nociones de mare liberum y mare clausus las bases jurd̕icas de la evolucin̤ del Derecho del mar. Los vaivenes entre la nocin̤ mare commune omnium est sicut aer [el mar pertenece a todo el mundo como el aire] y su cuestionamiento a travš de tesis contrarias se van a encontrar con una barrera que es el dominio soberano del Estado ribereǫ. En el Derecho del mar contemporǹeo, la cls̀ica distincin̤ entre el mar territorial y la alta mar cedi ̤su protagonismo a nuevos espacios mart̕imos en los que el Estado ribereǫ tiene derechos soberanos y jurisdiccin̤ o en los que todo Estado puede ejercer tales derechos. Adems̀, hay que tener en cuenta que los mares y ocǎnos ofrecen a la Humanidad no solamente una inmensa cantidad de recursos, sino, tambiň, como apunta la FAO, ml︢tiples bienes y servicios medioambientales y culturales fundamentales para el bienestar humano. La Convencin̤ de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar abierta para su firma hace 40 aǫs en Montego Bay es un excelente reflejo de la codificacin̤ de estas cuestiones y deja patente la evolucin̤ experimentada por el Derecho del mar acerca, entre otras, de la delimitacin̤ de los espacios mart̕imos. La presente obra revela la actualidad de la mencionada evolucin̤ del Derecho del mar, as ̕como otras realidades que se yuxtaponen al escenario de los espacios mart̕imos del mundo, tales como, por ejemplo, las migraciones irregulares por va̕ mart̕ima, el cambio climt̀ico y la subida del nivel del mar, el estado de salud del medio ambiente marino, los desafo̕s planteados por la negociacin̤ de un instrumento jurd̕ico convencional aplicable a la biodiversidad marina ms̀ all ̀de la jurisdiccin̤ de los Estados, o las desarrolladas en relacin̤ con la seguridad mart̕ima. |