El bien jurídico protegido frente a los actos de acoso sexual en el lugar de trabajo /

El acoso sexual es uno de los atentados de mayor gravedad contra los derechos fundamentales del ser humano, toda vez que vulnera directamente la dignidad e integridad personal de la víctima, valiéndose el acosador de la posición de superioridad en que se encuentra respecto de la persona acosada para...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Caamaño Rojo, Eduardo
Formato: Analitica de revista
Lenguaje:español
Materias:

MARC

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500 |a En: Revista de derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, n˚25, p.93-114. ISSN 0716-1883 
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520 |a El acoso sexual es uno de los atentados de mayor gravedad contra los derechos fundamentales del ser humano, toda vez que vulnera directamente la dignidad e integridad personal de la víctima, valiéndose el acosador de la posición de superioridad en que se encuentra respecto de la persona acosada para requerirle un comportamiento de carácter sexual no deseado por ésta. Teniendo en cuenta lo anterior, la proyección de este comportamiento antijurídico en el plano laboral es de innegable importancia por las consecuencias personales, económicas y sociales que derivan de él y que perturban el normal desarrollo de las relaciones laborales. Por ello, ante la inminencia de la aprobación del proyecto de ley que tipifica y sanciona las conductas de acoso sexual en el trabajo, el presente estudio pretende aclarar algunas interrogantes que origina esta iniciativa legal en relación con el bien jurídico protegido, en vistas a poder dimensionar más acertadamente este tema en el contexto del necesario respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores en el ámbito de las relaciones laborales. 
520 |a El acoso sexual es uno de los atentados de mayor gravedad contra los derechos fundamentales del ser humano, toda vez que vulnera directamente la dignidad e integridad personal de la víctima, valiéndose el acosador de la posición de superioridad en que se encuentra respecto de la persona acosada para requerirle un comportamiento de carácter sexual no deseado por ésta. Teniendo en cuenta lo anterior, la proyección de este comportamiento antijurídico en el plano laboral es de innegable importancia por las consecuencias personales, económicas y sociales que derivan de él y que perturban el normal desarrollo de las relaciones laborales. Por ello, ante la inminencia de la aprobación del proyecto de ley que tipifica y sanciona las conductas de acoso sexual en el trabajo, el presente estudio pretende aclarar algunas interrogantes que origina esta iniciativa legal en relación con el bien jurídico protegido, en vistas a poder dimensionar más acertadamente este tema en el contexto del necesario respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores en el ámbito de las relaciones laborales. 
650 4 |a ACOSO SEXUAL 
650 4 |a DERECHO DEL TRABAJO 
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