Ley número 19.889: regula las condiciones de trabajo y contratación de los trabajadores de artes y espectáculos

Del contrato de los trabajadores de artes y espectáculos Artículo 145 A. El presente Capítulo regula la relación de trabajo, bajo dependencia o subordinación, entre los trabajadores de artes y espectáculos y su empleador, la que deberá tener una duración determinada, pudiendo pactarse por un plazo f...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Chile. Congreso Nacional
Formato: Recurso en linea
Lenguaje:español
Publicado: Santiago, Chile: Congreso Nacional de Chile, 2004.
Materias:
Acceso en línea:Acceso electrónico al documento.
Descripción
Sumario:Del contrato de los trabajadores de artes y espectáculos Artículo 145 A. El presente Capítulo regula la relación de trabajo, bajo dependencia o subordinación, entre los trabajadores de artes y espectáculos y su empleador, la que deberá tener una duración determinada, pudiendo pactarse por un plazo fijo, por una o más funciones, por obra, por temporada o por proyecto. Los contratos de trabajo de duración indefinida se regirán por las normas comunes de este Código.
Descripción Física:3 p.