Estudio para el mejoramiento del proceso de compras y pagos a proveedores de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas

La presente investigación se refiere al Proceso de compras y pagos a proveedores, enfocado al interior de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, regido bajo la ley Número 19.886, la cual especifica en su artículo Número 5 como procedimientos de contratación la Licitación Púb...

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Bibliographic Details
Main Author: Alcaide Iturra, Soledad
Other Authors: Iturra Faúndez, Fanny, Bravo Sandoval, Juan (profesor guía)
Format: Tesis
Language:Spanish
Published: Santiago, Chile: Universidad Academia de Humanismo Cristiano, 2018.
Subjects:

MARC

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245 1 0 |a Estudio para el mejoramiento del proceso de compras y pagos a proveedores de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas  |c Soledad Alcaide, Fanny Iturra; profesor guía Juan Bravo. 
260 |a Santiago, Chile:  |b Universidad Academia de Humanismo Cristiano,  |c 2018. 
300 |a 135 páginas. 
500 |a Tesis para optar al grado de Licenciado/a en Gobierno y Gestión Pública y al título de Administrador/a Público/a. 
502 |a Tesis (Administración Pública) -- Universidad Academia de Humanismo Cristiano, 2018. 
516 |a Tesis electrónica (PDF). Solicitar envío de documento a biblioteca@academia.cl. 
520 |a La presente investigación se refiere al Proceso de compras y pagos a proveedores, enfocado al interior de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, regido bajo la ley Número 19.886, la cual especifica en su artículo Número 5 como procedimientos de contratación la Licitación Pública, Licitación Privada y Contratación Directa. En cuanto al procedimiento de pago a proveedores, en Orden Número 7.561 de 2018 emitido por la Contraloría General de la República, se imparten instrucciones sobre el pago oportuno a los proveedores en los procesos de contratación pública, indicando que “salvo en el caso de las excepciones legales que establecen un plazo distinto, los pagos a los proveedores por los bienes y servicios adquiridos por las Entidades, deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumentos tributario de cobro.” Contraloría General de la República, 2018. 
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